Luis Alberto Barraza Ruhl
  ¡ Presente !

 

"Héroes y mártires del GAP."

Luis Alberto Barraza Ruhl, soltero, militante del Partido Socialista de Chile, empleado, ex Suboficial de Ejército, miembro de la Guardia Presidencial del Presidente Salvador Allende, fue detenido por agentes del SIM (Servicio de Inteligencia Militar) el 29 de octubre de 1973, en la vía pública, cuando él se dirigía a la Estación Mapocho de Santiago, para recibir a su madre que llegaba de la ciudad de Illapel. Barraza salió ese día a las 15:00 horas, de su trabajo en SEAM CORFO, en dirección a la Estación y en el trayecto fue detenido.

Ese mismo día, Barraza llamó telefónicamente a su tía Gullermina Rhul Parodi, quien vivía en Las Condes, informándole que había sido detenido por militares y que se encontraba en Peldehue y le solicitó que lo fuera a buscar.

Inmediatamente, Nelly Ruth Parodi y Eduardo Cortés O'Ryan, parientes de Barraza, se dirigieron a Peldehue, donde el Oficial de Guardia negó que en dicho establecimiento estuviera arrestado el afectado.

Según testimonio de su padre, presentado en el proceso, declara: "Al día siguiente concurrí personalmente, junto a mis parientes ya citados, hasta la Escuela de Paracaidistas de Peldehue (Colina), allí conversamos con la guardia, donde se nos dijo que mi hijo había sido puesto en libertad en la mañana de ese día por un lapso de 5 días, al final del cual debía volver a la Escuela."

"Seis días después llegaron hasta el domicilio de mi hijo en la calle Rioseco 0222, tres militares ?dos Sargentos y un Teniente? y preguntaron por mi hijo, a lo cual les respondimos que el había sido detenido y pese a las respuesta que nos entregaron en la Escuela, él no había aparecido por la casa. El Sargento, que dijo llamarse Domingo Cortés, perteneciente a la Escuela de Paracaidistas, me hizo presente que conocía mucho a mi hijo por haber sido instructor de él." .."Asimismo, el Sargento aludido me repitió la historia de que mi hijo había obtenido un permiso de 5 días para que consiguiera valiosos documentos que tenía en su poder y que el plazo ya se había cumplido y el muchacho no había regresado".

"Ante lo inverosímil que me parecía esta información, se lo pregunté a los militares, haciéndole ver que nunca creí esta historia toda vez que lo normal hubiera sido que estando mi hijo detenido se le hubiera conducido custodiado al lugar en que se guardaban los 'valiosos documentos'. Ellos dijeron que harían las denuncias del caso. En dos o tres oportunidades más volvieron los militares hasta la casa de mi hijo preguntando por él."

Barraza había sido Cabo segundo en la Escuela de Paracaidistas y Fuerzas Especiales del Ejército, de donde fue dado de baja por la causal "Necesidades del Servicio" el 30 de abril de 1970, según consta en Certificado de Servicios del Archivo General de Guerra del 5 de agosto de 1971.

Sin embargo, otras personas indicaron que en 1970 habían sido dados de baja David Héctor González Venegas, Javier Enrique Sobarzo Sepúlveda, Julio Antonio Martínez Lara, Enrique Alfonso Toledo Garay, Alberto Arnoldo Ampuero Angel y Jorge Vicente Piérola Piérola, acusados de ser militantes del Partido Socialista. De estas personas, están ejecutados Martínez y Ampuero. Toledo, Sobarzo, Piérola y Barraza se encuentran en calidad de detenidos desaparecidos.

Barraza fue miembro del GAP, que era el equipo de seguridad personal del Presidente de la República, don Salvador Allende Gossens.

Desde el 29 de octubre de 1973, cuando llamó a sus familiares para comunicarles que estaba detenido, Luis Alberto Barraza Ruhl ha permanecido desaparecido.

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

 

El 3 de marzo de 1974 se presentó un recurso de amparo en favor del afectado, el que ingresó en la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el rol 423?74.

El 25 de octubre de 1974, el recurso de amparo fue declarado sin lugar por la Primera Sala del mencionado Tribunal. Junto con esta declaración remitió los antecedentes a la Justicia del Crimen.

El 25 de marzo de 1977 se presentó Denuncia por Presunta Desgracia ante el Décimo Juzgado de Crimen, ingresando la causa con el rol N?4.785?6. Este Tribunal se declaró incompetente y envió los antecedentes al Tercer Juzgado de Crimen de Mayor Cuantía, donde los antecedentes se extraviaron después de quedar registrados como causa rol 128.346?6 con fecha 25 de septiembre de 1978. La jueza respectiva ordenó realizar las diligencias solicitadas.

El 6 de octubre de 1978, el Ministro del Interior de la época, Sr. Sergio Fernández Fernández, envió el Oficio reservado 3587 en el que se declara: "...no existe ni ha existido orden o resolución alguna de este Ministerio que afecte al citado ciudadano...".

El padre y los otros parientes presentaron declaraciones ante la Jueza describiendo las características de la detención.

El Subcomisario, Luis Landeros Briones presentó un Parte al Juzgado que resume sus investigaciones consistentes en tomar declaraciones al padre y los parientes de Barraza. El Instituto Médico Legal y las cárceles entregaron información negativa, ya que no tenían registros de Barraza. Además, todas las otras averiguaciones realizadas por el Subcomisario no tuvieron resultados positivos al respecto.

El 30 de noviembre de 1978, después de reiterar la petición de antecedentes, el Teniente Coronel Hernán Saldes Irarrázabal, Director de la Escuela de Paracaídistas, informó que "... en este Instituto no existe ningún tipo de antecedentes sobre el arresto del Sr. Luis Alberto Barraza Ruhl".

El 30 de junio de 1979 se remitieron los antecedentes del proceso al Ministro en Visita, Sr. Servando Jordán López el que ordenó solicitar información a la Escuela de Paracaídistas, a SEAM?CORFO (donde trabajaba el detenido desaparecido), a Extranjería, al Servicio de Registro Civil e Identificación y se notificó al padre del detenido desaparecido para que compareciese a declarar nuevamente.

La información solicitada fue puesta a disposición del Tribunal, lo que permitió verificar que el afectado no había fallecido, ni había salido del país ni se había asilado y que efectivamente existía, dada la filiación del Registro Civil e Identificación.

El Ministerio de Defensa Nacional informó que el afectado, efectivamente había sido Cabo Segundo de la Escuela de Paracaidistas del Ejército y que "en abril de 1970 fue dado de baja por efectuar actividades subversivas". Agrega que en el año 1970 figura como miembro del cuerpo de defensa personal de S.E.".

El 9 de noviembre de 1979 el Ministro cerró el sumario y envió en consulta a la Corte el sobreseimiento temporal del proceso. El 27 de noviembre de 1979 la Corte de Apelaciones aprobó el sobreseimiento de la causa.

Los antecedentes antropomórficos de Luis Alberto Barraza Ruhl fueron anexados a la causa 4449 AF del 22 Juzgado del Crimen de Santiago, por el delito de inhumación ilegal en el Patio 29 del Cementerio General, de personas no identificadas muertas entre septiembre y diciembre de 1973. El Juez Instructor de la causa ordenó la excavación de 108 tumbas en septiembre de 1991. De allí se exhumaron 125 cuerpos, los que fueron remitidos al Instituto Médico Legal. 

En la actualidad (fines de 1992) se está a la espera de los informes periciales de identificación.